Resolución — emisión filatélica “BICENTENARIO DE NUESTRA INDEPENDENCIA”
Autor: Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL)
CONSIDERANDO
Que el año 2011 se conmemora el Bicentenario de la firma del Acta de Nuestra Independencia,
CONSIDERANDO
Que el discurso pronunciado por el Libertador Simón Bolívar ante la Sociedad Patriótica, en el año 1811, refleja el espíritu revolucionario de lucha y libertad que caracteriza al pueblo venezolano,
RESUELVE
Artículo 1°: Autorizar al Directorio del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela IPOSTEL, para que proceda a la impresión de QUINIENTAS MIL (500.000) Estampillas, destinadas al franqueo de la correspondencia, así como VEINTE MIL (20.000) Hojas de Recuerdo, UN MIL QUINIENTOS (1.500) Sobres de Primer Día de Emisión, DOS MIL (2.000) Tarjetas Postales y TRES MIL (3.000) Boletines Informativos alusivos al “BICENTENARIO DE NUESTRA INDEPENDENCIA”.
Artículo 2°: La emisión filatélica estará compuesta por especies postales según las cantidades y valores siguientes: 150.000 Estampillas de Bs. 0,30 c/u; 100.000 Estampillas de Bs. 0,60 c/u; 50.000 Estampillas de Bs. 1,50 c/u; 100.000 Estampillas de Bs. 8,50 c/u; 100.000 Estampillas de Bs. 12,50 c/u; 20.000 Hojas de Recuerdo de Bs. 18,00 c/u; 1.500 Sobres de Primer Día de Emisión de Bs. 12,00 c/u; 2.000 Tarjetas Postales de Bs. 8,00 c/u y 3.000 Boletines Informativos de libre distribución.
Artículo 3°: Por Providencia Administrativa emanada de la Presidencia del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela, se dispondrá su legalización y circulación.
Artículo 4°: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese y Publíquese Por el Ejecutivo Nacional
RICARDO JOSÉ MENÉNDEZ PRIETO MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA CIENCIA, TECNOLOGÍA E INDUSTRIAS INTERMEDIAS