Providencia Administrativa Nº 64 (SATÉLITE SIMÓN BOLÍVAR)
Autor: Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL)
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS TELECOMUNICACIONES Y LA INFORMATICA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS TELECOMUNICACIONES Y LA INFORMÁTICA
INSTITUTO POSTAL TELEGRÁFICO DE VENEZUELA PRESIDENCIA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 64 CARACAS, 30 DE DICIEMBRE DE 2008
198º Y 149º
De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 Literal e) de la vigente Ley de Creación del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en el literal d) del artículo 16 ejusdem, y de conformidad con el artículo 2 de la Resolución Nº 074 de fecha 04 de diciembre de 2008 emanada del Ministerio del Poder Popular para las Telecomunicaciones y la Informática, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.074 de fecha 05 de diciembre de 2008.
CONSIDERANDO
Por cuanto el satélite Simón Bolívar es de gran importancia para todos los venezolanos, ya que permitirá proveer servicios soportados sobre tecnologías digitales y por excelencia facilitará el acceso a una internet de calidad, convirtiéndose en una plataforma tecnológica que ayudará a salvar vidas, proveer de salud y educación a la mayoría de los venezolanos y contribuir a través de esta estrategia de telecomunicaciones con la formación de los ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela, se dicta la siguiente providencia administrativa:
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
Artículo 1º: Se legaliza y autoriza la circulación de UN MILLÓN (1.000.000) de Estampillas destinadas al franqueo de la correspondencia, CINCO MIL (5.000) Sobres de Primer Día de Emisión, VEINTE MIL (20.000) Tarjetas Postales y SIETE MIL (7.000) Boletines Informativos alusivos al "SATÉLITE SIMÓN BOLÍVAR". Estas especies postales fueron impresas por Versilia Impresores, C.A., Caracas, República Bolivariana de Venezuela, conforme a los valores y cantidades discriminadas de la forma siguiente:
| | CANTIDAD | VALOR Bs. | |---|---|---| | ESTAMPILLAS | 200.000 | 0,30 | | ESTAMPILLAS | 200.000 | 0,60 | | ESTAMPILLAS | 200.000 | 1,00 | | ESTAMPILLAS | 100.000 | 2,00 | | ESTAMPILLAS | 200.000 | 3,00 | | ESTAMPILLAS | 100.000 | 8,00 | | SOBRES DE PRIMER DÍA | 5.000 | 1,50 | | TARJETAS POSTALES | 20.000 | 1,50 | | BOLETINES INFORMATIVOS | 7.000 | 0,00 |
Artículo 2º: La puesta en circulación se realizará el día 08 de enero de 2009, a través de todas las oficinas postales a nivel nacional.
Comuníquese y Publíquese
EVA MARISOL ESCALONA FLORES Presidenta
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