Despacho del Ministro — Instituto Postal Telegráfico de Venezuela
Autor: Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
DESPACHO DEL MINISTRO N° [ilegible] INSTITUTO POSTAL TELEGRÁFICO DE VENEZUELA CARACAS, [ilegible] DE OCTUBRE DE 2006 196° Y 147°
En ejercicio de la atribución conferida en el artículo 76, numeral 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, y de conformidad con lo establecido en los artículos 6, literal e) y 16, literal d) de la Ley que Crea el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela, este Despacho Ministerial,
CONSIDERANDO
Que las obras artísticas de Jesús Soto tienen gran importancia para el desarrollo cultural de nuestro país,
RESUELVE
Artículo 1°: Autorizar al Directorio del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela IPOSTEL, para que proceda a la impresión de DOSCIENTAS CINCUENTA MIL (250.000) Estampillas destinadas al franqueo de la correspondencia, así como de CINCO MIL (5.000) Hojas de Recuerdo, CINCO MIL (5.000) Sobres de Primer Día de Emisión y SEIS MIL (6.000) Tarjetas Postales para la Emisión de la Gobernación del Estado Bolívar en "HOMENAJE A JESÚS SOTO", las cuales se emitirán según las cantidades y valores siguientes:
CANTIDAD | VALOR Bs. UNIDAD ESTAMPILLAS: 50.000 | 300,00 ESTAMPILLAS: 100.000 | 500,00 ESTAMPILLAS: 100.000 | 1.000,00 HOJA DE RECUERDO: 5.000 | 1.500,00 TARJETAS POSTALES: 6.000 | 600,00 SOBRES PRIMER DÍA: 5.000 | 350,00
Artículo 2°: Por Providencia Administrativa emanada del Directorio del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela, se dispondrá su legalización y circulación.
Comuníquese y Publíquese Por el Ejecutivo Nacional
JOSÉ DAVID CABELLO RONDÓN MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
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