Despacho del Ministro N° 055 — Instituto Postal Telegráfico de Venezuela
Autor: Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL)
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
DESPACHO DEL MINISTRO N° 055 INSTITUTO POSTAL TELEGRÁFICO DE VENEZUELA CARACAS, 24 DE MAYO DE 2006 195° Y 147°
En ejercicio de la atribución conferida en el artículo 76, numeral 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, y de conformidad con lo establecido en los artículos 6, literal e) y 16, literal d) de la Ley que Crea el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela, este Despacho Ministerial,
CONSIDERANDO
Que por cuanto el próximo mes de junio se celebrará en Caracas la 141ª Reunión Extraordinaria de la Conferencia Ministerial de la OPEP,
RESUELVE
Artículo 1°: Autorizar al Directorio del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela IPOSTEL, para que proceda a la impresión de TRESCIENTAS MIL (300.000) Estampillas destinadas al franqueo de la correspondencia, así como de TRES MIL (3.000) Sobres de Primer Día de Emisión y SEIS MIL (6.000) Tarjetas Postales alusivas a la 141ª Reunión Extraordinaria de la Conferencia Ministerial de la OPEP, las cuales se emitirán según las cantidades y valores siguientes:
CANTIDAD | VALOR Bs. UNIDAD ESTAMPILLAS: 50.000 | 300,00 ESTAMPILLAS: 150.000 | 500,00 ESTAMPILLAS: 50.000 | 1.500,00 ESTAMPILLAS: 50.000 | 2.000,00 TARJETAS POSTALES: 6.000 | 600,00 SOBRES PRIMER DÍA: 3.000 | 350,00
Artículo 2°: Por Providencia Administrativa emanada del Directorio del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela, se dispondrá su legalización y circulación.
Comuníquese y Publíquese Por el Ejecutivo Nacional
RAMÓN ALONZO CARRIZALEZ RENGIFO MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
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