Resolución - Despacho del Ministro Nº 015, Instituto Postal Telegráfico de Venezuela, Caracas, 27 de febrero de 2004
Autor: Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL)
DESPACHO DEL MINISTRO Nº 015 INSTITUTO POSTAL TELEGRAFICO DE VENEZUELA CARACAS, 27 DE FEBRERO DE 2004
193º Y 144º
En ejercicio de la atribución conferida en el artículo 76, numeral 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, y de conformidad con lo establecido en los artículos 6, literal e) y 16, literal d) de la Ley que crea el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela, este Despacho Ministerial,
RESUELVE
Artículo 1º: Autorizar al Directorio del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela IPOSTEL, para que proceda a la impresión de QUINIENTOS MIL (500.000) Timbres Postales, destinados al franqueo de la correspondencia, así como de TRES MIL (3.000) Sobres de Primer Día de Emisión, DIEZ MIL (10.000) Hojas de Recuerdo y CINCO MIL (5.000) Postales alusivas a la "MISIÓN BARRIO ADENTRO", los cuales se emitirán según las cantidades y valores siguientes:
CANTIDAD | VALOR Bs. UNIDAD Timbres Postales | 100.000 | 300,00 Timbres Postales | 200.000 | 500,00 Timbres Postales | 100.000 | 1.500,00 Timbres Postales | 50.000 | 750,00 Timbres Postales | 50.000 | 1.700,00 Hojas de Recuerdo | 10.000 | 1.000,00 Postales | 5.000 | 600,00 Sobres de Primer Día | 3.000 | 150,00
Artículo 2º: Por Providencia Administrativa emanada del Directorio del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela, se dispondrá su legalización y circulación.
Comuníquese y Publíquese Por el Ejecutivo Nacional
DIOSDADO CABELLO RONDON Ministro de Infraestructura
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