Biblioteca Filatélica de Venezuela

Leyes y Decretos — 1921 - Regesto: Resolución de 18 de noviembre de 1921, por la cual se faculta a las Oficinas de Cambio para que, en horas extraordinarias, acepten y despachen correspondencia después de la hora de clausura de las estafetas y en los días feriados

Autor: República de Venezuela | Fecha: 1921-11-18 | Tipo: Artículo

Etiquetas: 1921, Correos, Estafetas, Oficinas de Cambio, Regesto

Portada de Leyes y Decretos — 1921 - Regesto: Resolución de 18 de noviembre de 1921, por la cual se faculta a las Oficinas de Cambio para que, en horas extraordinarias, acepten y despachen correspondencia después de la hora de clausura de las estafetas y en los días feriados

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Contenidos (2 artículos)

Regesto: Resolución de 18 de noviembre de 1921, por la cual se faculta a las Oficinas de Cambio para que, en horas extraordinarias, acepten y despachen correspondencia después de la hora de clausura de las estafetas y en los días feriados (folio 447-448, Apéndice)

Autor: República de Venezuela

Correos

Resolución de 18 de noviembre de 1921, por la cual se faculta a las Oficinas de Cambio para que, en horas extraordinarias y siempre que haya un motivo justificado, acepten y despachen correspondencia después de la hora de clausura de las estafetas y en los días feriados, mediante las reglas que en ella se expresa.—(Gaceta Oficial, número 14.526).

Nota del transcriptor

Autor: Biblioteca Filatélica de Venezuela

El original de este acto no se localizó en el cuerpo cronológico del Tomo XLIV; el texto aquí reproducido es el regesto oficial que trae el Apéndice del propio tomo, bajo el epígrafe «Correos» (folio 447-448), con la cita de la Gaceta Oficial correspondiente. Flexibiliza el horario de las Oficinas de Cambio —las habilitadas para el intercambio postal internacional, como la de Baasch & Römer en Puerto Cabello, también publicada en este lote— para no retrasar el despacho de correspondencia urgente por razón de horario o día feriado.