Biblioteca Filatélica de Venezuela

Telégrafos y Telecomunicaciones — 1921 - Ley de 20 de junio de 1921, que aprueba un contrato celebrado entre el Ejecutivo Federal y el ciudadano Gabriel Delima López, para la construcción y explotación de una red telefónica que enlazará los Distritos Federación del Estado Falcón y Urdaneta del Estado Lara

Autor: República de Venezuela | Fecha: 1921-06-20 | Tipo: Artículo

Etiquetas: 1921, Churuguara, Concesión telefónica, Estado Falcón, Estado Lara, Gabriel Delima López, Red telefónica, Tarifas telefónicas, Teléfonos

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Contenidos (2 artículos)

Ley de 20 de junio de 1921, que aprueba un contrato celebrado entre el Ejecutivo Federal y el ciudadano Gabriel Delima López, para la construcción y explotación de una red telefónica que enlazará los Distritos Federación del Estado Falcón y Urdaneta del Estado Lara

Autor: República de Venezuela

13.894 Ley de 20 de junio de 1921, que aprueba un contrato celebrado entre el Ejecutivo Federal y el ciudadano Gabriel Delima López, para la construcción y explotación de una red telefónica que enlazará los Distritos Federación del Estado Falcón y Urdaneta del Estado Lara, en una extensión de doscientos quince kilómetros. EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA, Decreta: Único.—De conformidad con el artículo 58, atribución 10.ª, aparte (c) de la Constitución Nacional, se aprueba el co...

Nota del transcriptor

Autor: Biblioteca Filatélica de Venezuela

Con 215 kilómetros, es una de las redes telefónicas privadas más extensas documentadas en esta Biblioteca. La tarifa de conexión crece con la distancia entre poblaciones, desde 0,37½ B (Churuguara-Maparari, 15 km) hasta 2,25 B (Guarabal-Baragua, 90 km), mismo patrón ya observado en el contrato de Caracciolo Paredes (Tomo XL, Lote 44).