Ley de 20 de junio de 1921, que aprueba un contrato celebrado entre el Ejecutivo Federal y el ciudadano Gabriel Delima López, para la construcción y explotación de una red telefónica que enlazará los Distritos Federación del Estado Falcón y Urdaneta del Estado Lara
Autor: República de Venezuela
13.894 Ley de 20 de junio de 1921, que aprueba un contrato celebrado entre el Ejecutivo Federal y el ciudadano Gabriel Delima López, para la construcción y explotación de una red telefónica que enlazará los Distritos Federación del Estado Falcón y Urdaneta del Estado Lara, en una extensión de doscientos quince kilómetros. EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA, Decreta: Único.—De conformidad con el artículo 58, atribución 10.ª, aparte (c) de la Constitución Nacional, se aprueba el co...