Ley de 14 de junio de 1921, aprobatoria de un contrato celebrado entre el Ejecutivo Federal y los Doctores Hernán Febres Cordero y Hugo Parra Pérez, para la construcción y explotación de una red telefónica que enlazará todo el Distrito San Fernando del Estado Apure
Autor: República de Venezuela
13.875 Ley de 14 de junio de 1921, aprobatoria de un contrato celebrado entre el Ejecutivo Federal y los Doctores Hernán Febres Cordero y Hugo Parra Pérez, para la construcción y explotación de una red telefónica que enlazará todo el Distrito San Fernando del Estado Apure. EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA, Decreta: Único.—De conformidad con el artículo 58, atribución 10, aparte (c), de la Constitución Nacional, se aprueba el contrato celebrado entre el Ejecutivo Federal y los D...