Decreto de 12 de febrero de 1920, por el cual se crean siete plazas de operarios para atender al servicio permanente de los aparatos Duplex entre Puerto Cabello, Valencia y esta capital
Autor: República de Venezuela
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Decreto de 12 de febrero de 1920, por el cual se crean siete plazas de operarios para atender al servicio permanente de los aparatos Duplex entre Puerto Cabello, Valencia y esta capital.
DOCTOR V. MARQUEZ BUSTILLOS,
PRESIDENTE PROVISIONAL DE LA REPÚBLICA,
Decreta:
Artículo 1.° Se crean siete plazas de operarios para atender al servicio permanente de los aparatos Duplex entre Puerto Cabello, Valencia y esta capital, así:
Tres en la Estación Central a doscientos ochenta bolívares (B 280) mensuales cada una.
Tres en la Oficina de Valencia a doscientos cuarenta bolívares (B 240) mensuales cada una.
Una en la Oficina de Puerto Cabello, a doscientos bolívares (B 200) mensuales.
Artículo 2.° Las referidas asignaciones se pagarán hasta el 30 de junio próximo, con cargo al Capítulo «Rectificaciones del Presupuesto».
Dado, firmado, sellado con el Sello del Ejecutivo Federal y refrendado por los Ministros de Hacienda y de Fomento, en el Palacio Federal, en Caracas, a doce de febrero de mil novecientos veinte.—Año 110.° de la Independencia y 61.° de la Federación.
(L. S.)—V. MARQUEZ BUSTILLOS. Refrendado.—El Ministro de Hacienda, (L. S.)—ROMÁN CÁRDENAS. Refrendado.—El Ministro de Fomento, (L. S.)—G. TORRES.