Biblioteca Filatélica de Venezuela

Telégrafos y Telecomunicaciones — 1919 - Ley de 17 de junio de 1919, por la cual se aprueba el contrato celebrado entre el Ejecutivo Federal y el ciudadano General Rafael Uzcátegui Benítez, para la construcción y explotación de una red telefónica en el Distrito Sucre, Estado Mérida

Autor: República de Venezuela | Fecha: 1919-06-17 | Tipo: Artículo

Etiquetas: 1919, Chiguará, Concesión telefónica, Distrito Sucre, Estado Mérida, Lagunillas, Rafael Uzcátegui Benítez, Red telefónica, Teléfonos

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Contenidos (2 artículos)

Ley de 17 de junio de 1919, por la cual se aprueba el contrato celebrado entre el Ejecutivo Federal y el ciudadano General Rafael Uzcátegui Benítez, para la construcción y explotación de una red telefónica en el Distrito Sucre, Estado Mérida

Autor: República de Venezuela

12.938 Ley de 17 de junio de 1919, por la cual se aprueba el contrato celebrado entre el Ejecutivo Federal y el ciudadano General Rafael Uzcátegui Benítez, para la construcción y explotación de una red telefónica en el Distrito Sucre, Estado Mérida. EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA, Decreta: Único.—De conformidad con el aparte (c) atribución 10, artículo 58 de la Constitución Nacional, se aprueba el contrato celebrado entre el Ejecutivo Federal y el ciudadano General Rafael Uzc...

Nota del transcriptor

Autor: Biblioteca Filatélica de Venezuela

Contrato firmado originalmente el 18 de junio de 1918 y aprobado por el Congreso casi un año después. A diferencia de otros contratos telefónicos de la época ya publicados en esta Biblioteca (que traen una tabla o lista de tarifas por trayecto), aquí las tarifas de conexión se fijan directamente en la cláusula 4.ª: un bolívar entre las dos cabeceras (Chiguará-Lagunillas) y cincuenta céntimos entre cualquiera de ellas y los campos intermedios de la línea.