Biblioteca Filatélica de Venezuela

Leyes y Decretos — 1915 - Ley de Correos

Autor: República de Venezuela | Fecha: 1915-06-30 | Tipo: Artículo

Etiquetas: 1915, Administracion Postal, Aduana, Apartados de Correos, Bultos postales, Buques correos, Cartas, Cedulas de identidad, Certificados, Congreso Nacional, Convenciones postales, Correos, Direccion General de Correos, Disposiciones Generales, Disposiciones Penales, Encomiendas, Estafetas, Estampillas, Estampillas falsificadas, Franqueo, Impresos, Ministerio de Fomento, Mueblajes, Multas, Nota del transcriptor, OCR, Periodicos, Portes, Tarifa postal, Tarjetas de identidad, Trasporte postal, Union Postal Universal, Victorino Marquez Bustillos

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Contenidos (15 artículos)

Encabezado y sancion

Autor: República de Venezuela

Ley de Correos, de 30 de junio de 1915. EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA, Decreta la siguiente Ley de Correos.

Titulo I — Disposiciones preliminares

Autor: República de Venezuela

TÍTULO I Disposiciones preliminares. Artículo 1º El ramo de Correos en Venezuela corresponde única y exclusivamente a la Nación, y su dirección superior correrá a cargo del Ministerio de Fomento, conforme a las disposiciones de esta Ley. Artículo 2º El ramo de Correos comprende la celebración y el cumplimiento de las Convenciones, pactos y arreglos postales internacionales que hubieren sido o fueren aprobados por el Congreso Nacional, cuando así se requiera para la ejecución consiguiente; la h...

Titulo II — Organizacion de las Oficinas

Autor: República de Venezuela

TÍTULO II Organización de las Oficinas. Artículo 5º En la capital de la República habrá una Dirección General de Correos; en la de los Estados y Territorios Federales, una Administración Principal, así como en los puertos habilitados para el cambio internacional, y en aquellas ciudades que, sin ser capital ni puertos habilitados, por su importancia comercial y geográfica lo merecieren a juicio del Poder Ejecutivo Federal; y habrá una Administración Subalterna en las demás poblaciones en donde e...

Titulo III — Convenciones y arreglos postales

Autor: República de Venezuela

TÍTULO III Convenciones y arreglos postales. Artículo 20. Las Convenciones, pactos y arreglos postales que hayan de celebrarse con las Naciones adherentes a la Unión Postal Universal, serán estudiadas previamente por el Ejecutivo Federal, por órgano de sus respectivos funcionarios. Artículo 21. El Ejecutivo Federal, con la debida anticipación, nombrará el o los representantes de Venezuela que deban suscribir ad-referendum las Convenciones, pactos y arreglos que se traten de celebrar. Artículo...

Titulo IV — Franqueo

Autor: República de Venezuela

TÍTULO IV Franqueo. Artículo 24. Se entiende por franqueo el valor completo de los portes postales, según tarifa. El franqueo es obligatorio y deberá hacerse exclusivamente con las estampillas de Correos que emita el Ejecutivo Federal conforme a las disposiciones legales. Artículo 25. Las correspondencias procedentes del Exterior o que circulen en el interior de la República, no franqueadas o insuficientemente franqueadas, estarán sujetas al pago doble del franqueo o de la insuficiencia según ...

Titulo V — De la correspondencia en general

Autor: República de Venezuela

TÍTULO V De la correspondencia en general. Artículo 32. La denominación "correspondencia" comprende todos los envíos de carácter oficial y del público, que se trasporten por el Correo, y se clasifican como sigue: 1. Pliegos y publicaciones oficiales. 2. Cartas. 3. Tarjetas postales. 4. Papeles de negocios. 5. Impresos. 6. Muestras. 7. Bultos postales. 8. Encomiendas. Artículo 33. Son pliegos y publicaciones oficiales, las notas y publicaciones oficiales emanadas de los funcionarios públicos na...

Titulo VI — Del despacho y trasporte de la correspondencia

Autor: República de Venezuela

TÍTULO VI Del despacho y trasporte de la correspondencia. Artículo 56. La correspondencia debe acondicionarse convenientemente para su despacho a fin de que sea fácil verificar el contenido de las valijas que se empleen para el trasporte. Artículo 57. Todo envío de correspondencia de una a otra Estafeta debe estar acompañado de la documentación que prescriban las disposiciones reglamentarias. Artículo 58. El trasporte de la correspondencia se hará siempre por la vía más directa, atendiéndose ...

Titulo VII

Autor: República de Venezuela

TÍTULO VII Artículo 67. El Ejecutivo Federal queda facultado para establecer la tarifa de portes tanto para el Exterior, conforme a las Convenciones y arreglos postales internacionales, como para el interior de la República.

Titulo VIII — Servicios de Bultos Postales

Autor: República de Venezuela

TÍTULO VIII Servicios de Bultos Postales. Artículo 68. El servicio de Bultos Postales de importación y exportación se practicará de acuerdo con lo establecido en las Convenciones respectivas y conforme a la reglamentación especial que le dé el Ejecutivo Federal. Artículo 69. Los bultos postales que se importen a la República quedarán sujetos a la Legislación interna del país y a los derechos aduaneros y postales que establecen las Leyes y Reglamentos sobre la materia. Artículo 70. Los emplead...

Titulo IX — Cedulas y Tarjetas de Identidad

Autor: República de Venezuela

TÍTULO IX Cédulas y Tarjetas de Identidad. Artículo 72. Las cédulas y tarjetas de identidad se expedirán de conformidad con las disposiciones contenidas en el Convenio celebrado sobre la materia.

Titulo X — Apartados de Correos

Autor: República de Venezuela

TÍTULO X Apartados de Correos. Artículo 73. Se establece el servicio de Apartados de Correos en las oficinas postales de la República, y se crea la correspondiente renta que tal servicio haya de producir. Artículo 74. El servicio de Apartados se establecerá en todas las Administraciones Principales y en aquellas subalternas donde el Ministerio de Fomento lo creyere necesario. Artículo 75. El Ejecutivo Federal señalará el arrendamiento mensual de los Apartados de Correos. Artículo 76. Los arr...

Titulo XI — Mueblajes, Utiles y Enseres

Autor: República de Venezuela

TÍTULO XI Mueblajes, Útiles y Enseres. Artículo 78. El Ejecutivo Federal acordará los mueblajes, útiles, enseres y fórmulas del servicio de Correos, por órgano del Ministerio de Fomento, y a solicitud del Director General de Correos.

Titulo XII — Disposiciones Penales

Autor: República de Venezuela

TÍTULO XII Disposiciones Penales. Artículo 79. Los Jefes de las Oficinas de Correos son responsables por sus propias faltas y por las que por tolerancia suya cometan sus subalternos. Artículo 80. La violación y fraude de la correspondencia y el uso de estampillas falsificadas, son delitos que juzgarán los Tribunales competentes conforme al Código Penal. Artículo 81. Son faltas graves y serán castigadas con una multa hasta de mil bolívares (B 1.000), o con prisión de tres meses: 1º Solicitar i...

Titulo XIII — Disposiciones Generales

Autor: República de Venezuela

TÍTULO XIII Disposiciones Generales. Artículo 84. En casos de extrema urgencia, debidamente comprobados, podrá el Ejecutivo Federal, por órgano del Ministerio de Fomento, acudir en socorro de aquellos empleados de Correos que se hallaren en estado de indigencia o enfermedad, debidamente comprobadas, y que por su antigüedad en el servicio y su ejemplar conducta en el desempeño de sus deberes se hubieren hecho dignos de la protección del Gobierno. Artículo 85. El Ejecutivo Federal dictará el Reg...

Nota del transcriptor

Autor: República de Venezuela

El OCR de origen (paginas 566 a 572 del Tomo XXXVIII de la Recopilacion de Leyes y Decretos de Venezuela, CIDEP) presenta, en las paginas 567 y 568, un entrelazado severo de las dos columnas de la impresion original: los renglones del texto quedaron mezclados linea por linea entre columna izquierda y columna derecha, y en varios tramos ademas hay ruido de caracteres (letras sustituidas, tildes perdidas, palabras partidas). Esto afecta al Titulo IV completo (articulos 24 a 31) y a los articulos 3...