Regesto: Resolución de 19 de diciembre de 1912, que pone en vigor la Convención y Reglamentos sobre Bultos Postales con el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda (Apéndice, sección 'Bultos Postales')
Autor: República de Venezuela
Bultos Postales.
Resolución de 19 de diciembre que fija el 1° de enero próximo para poner en vigor la Convención y Reglamentos sobre Bultos Postales celebrada con el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda. (Gaceta Oficial, número 11.798).
Nota del transcriptor
Autor: Biblioteca Filatélica de Venezuela
El original de este acto no se localizó en el cuerpo cronológico del Tomo XXXV; el texto aquí reproducido es el regesto oficial que trae el Apéndice del propio tomo, bajo su propio epígrafe «Bultos Postales», con la cita de la Gaceta Oficial correspondiente. A diferencia de la Convención de Bultos Postales de la Unión Postal Universal (multilateral, Roma 1906, ya indexada en el Lote 34), esta es una convención BILATERAL específica con el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda, que entra en vigor el 1° de enero de 1913 — el mismo día que el servicio interior de Giros Postales ya publicado en esta Biblioteca (Decreto del 28 de octubre de 1912).