Decreto de 8 de junio de 1910 sobre la recaudación de los derechos por Bultos Postales — texto íntegro
Autor: República de Venezuela
10.892 Decreto de 8 de junio de 1910, referente a la recaudación de los derechos por Bultos Postales que se introduzcan por las Aduanas habilitadas para ello. GENERAL J. V. GÓMEZ, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA Considerando: Que por convenir tanto a los intereses fiscales como al mejor servicio interno de las Oficinas Postales una organización en armonía con las Leyes y prácticas administrativas en el servicio de Bultos Postales. Considerando: Que las Oficin...