Resolución de 21 de junio de 1909, que prohíbe a los empleados de correos y de telégrafos las funciones de corresponsales y agentes de periódicos (verbatim, folios 142-143)
Autor: República de Venezuela
10.622 Resolución de 21 de junio de 1909 por la que se prohibe a los empleados de correos y de telégrafos las funciones de corresponsales y de agentes de periódicos. Estados Unidos de Venezuela.—Ministerio de Fomento.—Dirección de Correos y Telégrafos.—Caracas: 21 de junio de 1909.—98° y 51° Resuelto: Para la correcta organización de las Oficinas de Correos y de Telégrafos y para evitar el descuido de las obligaciones legales de sus empleados y la ingerencia de éstos en asuntos administrativ...