Biblioteca Filatélica de Venezuela

Leyes y Decretos — 1909 - Resolución de 8 de junio de 1909, que autoriza la introducción de libros impresos por las Oficinas de Correos

Autor: República de Venezuela | Fecha: 1909-06-08 | Tipo: Artículo

Etiquetas: 1909, Dirección de Aduanas, Dirección de Correos y Telégrafos, Impresos por correo, J. J. Herrera Toro, Libros impresos, Ministerio de Fomento, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, R. M. Carabaño, Verbatim

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Contenidos (2 artículos)

Resolución de 8 de junio de 1909, que autoriza la introducción de libros impresos por las Oficinas de Correos (verbatim, folio 134)

Autor: República de Venezuela

10.598 Resolucion de 8 de junio de 1909 por la cual se autoriza la introduccion por medio de las Oficinas de Correos, de libros impresos de toda clase, a la rústica, siempre que para cada destinatario no venga dirigido sino un ejemplar de cada obra. Estados Unidos de Venezuela.—Ministerio de Hacienda y Crédito Público.—Dirección de Aduanas.—Ministerio de Fomento.—Dirección de Correos y Telégrafos.—Caracas: 8 de junio de 1909.—98° y 51° Resuelto: Consideradas en Consejo de Ministros varias so...

Nota del transcriptor

Autor: Biblioteca Filatélica de Venezuela

Resuelve una fricción real entre Correos y Aduanas: los libros a la rústica llegaban por vía postal y las Estafetas los juzgaban «de prohibida introducción», dando lugar a su comiso. La Resolución distingue por primera vez el envío particular de un solo ejemplar (liberado) del envío comercial de varios ejemplares de la misma obra (que sigue sujeto a las reglas ordinarias), salvo para libros científicos y técnicos, que ya gozaban de franquicia de cantidad.