Decreto de 19 de setiembre de 1907, que fija las disposiciones para la ejecución del Arreglo sobre Cédulas de Identidad del Congreso Postal Universal de Roma (verbatim, folios 283-284)
Autor: República de Venezuela
10336 Decreto de 19 de setiembre de 1907, por el cual se fijan las disposiciones que deben comenzar a regir el 1° de octubre próximo, de conformidad con las prescripciones del Arreglo relativo a Cédulas de identidad, celebrado por el Congreso Postal Universal en Roma, el 26 de mayo de 1906. GENERAL CIPRIANO CASTRO, RESTAURADOR DE VENEZUELA Y PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA, Decreto: Art. 1° En la ejecución del Arreglo relativo a las Cédulas de Identidad celebrado por el Congreso Po...