Ley de 6 de agosto de 1907, que aprueba las Convenciones suscritas el 26 de mayo de 1906 por los Delegados de Venezuela en el Sexto Congreso Postal Universal reunido en Roma el 6 de abril del mismo año de 1906. (Publicada en la «Gaceta Oficial» número extraordinario de 7 de setiembre de 1907)
Autor: República de Venezuela
EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA, Decreta: Artículo único. Se aprueban, en todas sus partes, la Convenciones suscritas el 26 de mayo de 1906, por los Delegados de los Estados Unidos de Venezuela ante el Sexto Congreso Postal Universal reunido en Roma el 6 de abril del mismo año de 1906; y las cuales son del tenor siguiente: CONVENCION POSTAL UNIVERSAL Celebrada entre Alemania y los Protectorados Alemanes, los Estados Unidos de América y las Posesiones insulares de los Estados...