Resolución de 1° de febrero de 1906, por la cual se prohíbe hacer uso del Teléfono Oficial para la comunicación de asuntos particulares (verbatim, folio 14)
Autor: República de Venezuela
10029
Resolución de 1° de febrero de 1906, por la cual se prohibe hacer uso del Teléfono Oficial para la comunicación de asuntos particulares.
Estados Unidos de Venezuela.—Ministerio de Fomento.—Dirección de Correos y Telégrafos.—Caracas: 1° de febrero de 1906.—95° y 47°
Resuelto:
Por disposición del General Cipriano Castro, Presidente de los Estados Unidos de Venezuela y Restaurador de Venezuela, se prohibe terminantemente hacer uso del Teléfono Oficial para la comunicación de asuntos particulares. Los Jefes de las Oficinas Públicas así como los que posean aparatos telefónicos pertenecientes a la Red construida por el Gobierno Nacional, serán responsables de la falta de cumplimiento de la presente prohibición.
Comuníquese y publíquese.
Por el Ejecutivo Federal,
DIEGO BTA. FERRER.