Resolución de 20 de febrero de 1904 (verbatim completo)
Autor: República de Venezuela
9366
Resolución de 20 de febrero de 1904, por la cual se amplía la tarifa telegráfica vigente, dictada el día 2 del presente mes.
Estados Unidos de Venezuela.—Ministerio de Fomento.—Dirección de Correos, Telégrafos, Estadística é Inmigración.—Caracas: 20 de febrero de 1904.—93º y 45º.
Resuelto:
Por considerarse de interés público y adaptable á la estructura de la nueva tarifa telegráfica, queda ésta ampliada en la forma siguiente:
1º El nombre del destinatario se computará por una sola palabra, lo mismo que el lugar de destino y la firma del remitente.
2º En el texto, los nombres de lugar, se computarán por el número de palabras que lo formen.
3º Cuando un despacho telegráfico se dirija á más de una persona ó lo firmen varias, cada nombre ó firma se computará por una palabra.
4º Para dar facilidades al público en general, y al comercio en particular, toda persona, casa comercial, instituto, etc., etc., podrá registrar su dirección telegráfica en las Estaciones de la red. Por cada dirección se fija la cantidad de cincuenta bolívares [B 50] anual, pagadera por trimestres adelantados, quedando entendido que el registro de cada Estación es independiente de los de las demás, por lo cual la cuota anual ó trimestral se satisfará donde quiera que se haga el registro.
5º La presente Resolución comenzará á regir el 1º de marzo próximo.
Comuníquese y publíquese. Por el Ejecutivo Federal, R. GARBIRAS GUZMÁN.