Biblioteca Filatélica de Venezuela

Leyes y Decretos — 1903 - Resolución de 9 de diciembre de 1903, por la cual se manda distribuir una cantidad mensual á los países acreedores por Deuda Postal. [ACTO ANULADO 5 días después por la Resolución de 14 de diciembre de 1903, por “errores sustanciales” — se conserva como registro histórico; ver la versión vigente del 14 de diciembre en esta misma carpeta; no usar estas cifras para el libro de tarifas]

Autor: República de Venezuela | Fecha: 1903-12-09 | Tipo: Artículo

Etiquetas: 1903, ANULADO, ANULADO por acto 9291, Comisiones Mixtas, Cruce aritmético verificado, Deuda Postal, Nota del transcriptor, Recomendación de dataset, Unión Postal Universal, Verbatim

Portada de Leyes y Decretos — 1903 - Resolución de 9 de diciembre de 1903, por la cual se manda distribuir una cantidad mensual á los países acreedores por Deuda Postal. [ACTO ANULADO 5 días después por la Resolución de 14 de diciembre de 1903, por “errores sustanciales” — se conserva como registro histórico; ver la versión vigente del 14 de diciembre en esta misma carpeta; no usar estas cifras para el libro de tarifas]

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Contenidos (2 artículos)

Resolución de 9 de diciembre de 1903 (verbatim completo, incluye tabla) — ACTO ANULADO EL 14-12-1903

Autor: República de Venezuela

9281

Resolución de 9 de diciembre de 1903, por la cual se manda distribuir una cantidad mensual á los países acreedores por Deuda Postal.

Estados Unidos de Venezuela.—Ministerio de Hacienda y Crédito Público.—Dirección del Presupuesto.—Caracas: 9 de diciembre de 1903.—93º y 45º

Resuelto:

Dispone el Presidente de la República, que se distribuya la cantidad mensual de [B 20.000] veinte mil bolívares sobre la suma de [B 440.046,43] cuatrocientos cuarenta mil cuarenta y seis bolívares cuarenta y tres céntimos, á que asciende la Deuda Postal, en la forma que á continuación se expresa y á contar del presente mes, inclusive:

[TABLA] De | Naciones | Sus acreencias (B) | Amortización mensual (B) 1892 á 1902 | Estados Unidos | 113.553, | 5.160,96 1885 á 1902 | Inglaterra | 35.808,33 | 1.627,50 1902 | Francia | 267.457,59 | 12.155,88 1889 á 1902 | Saint-Thomas | 3.734,90 | 169,75 1885 á 1898 | Bélgica | 8.249,36 | 374,92 1900 | Uruguay | 533,89 | 24,25 (sin fecha) | Trinidad | 10.709,36 | 486,74 TOTAL | | B 440.046,43 | B 20.000

En esta Resolución no quedan comprendidas las acreencias de Holanda, Italia y Curazao, por haber sido sometidas á las Comisiones Mixtas respectivas.

Comuníquese y publíquese. Por el Ejecutivo Nacional, J. C. DE CASTRO.

Nota del transcriptor — ACTO ANULADO, cruce con el acto 9291 del 14-12-1903

Autor: República de Venezuela

Transcripción verbatim completa, verificada contra el facsímil (Tomo 26, p.265, acto 9281) por render 300dpi y lectura por visión. Coincide exactamente con la descripción del triaje (fecha, tomo y página), sin discrepancias de transcripción. ADVERTENCIA CRÍTICA DE FONDO: la Resolución de 14 de diciembre de 1903 (acto 9291, misma Dirección del Presupuesto, transcrita en el archivo 1903-12-14-resolucion-deuda-postal-distribucion-corregida.json de este mismo lote) dice textualmente: 'Queda anulada la Resolución de 9 del presente mes, por haber salido con errores sustanciales.' Es decir, ESTE acto (9281) quedó sin vigencia jurídica cinco días después de su propia publicación. Cruce por CONTENIDO entre ambos actos (no solo por fecha, siguiendo la lección de las erratas del triaje): la deuda total baja de B 440.046,43 (este acto) a B 385.785,38 (el acto corregido), una diferencia de B 54.261,05. El acto corregido reduce la lista de países EXPLÍCITAMENTE ATENDIDOS de 7 á 4 (quedan solo Francia, Estados Unidos, Saint-Thomas y Uruguay), moviendo a Inglaterra, Bélgica y Trinidad á la lista de acreencias 'sometidas á las Comisiones Mixtas' (que en este acto original de 9-dic solo incluía a Holanda, Italia y Curazao). Además, la acreencia de Uruguay cambia de B 533,89 ('de 1900') á B 1.039,89 ('de 1900 á 1901') en el acto corregido — un ajuste de B 506,00 que sugiere que el error sustancial incluía, al menos en parte, un período de Uruguay no contabilizado. Cruce aritmético interno de ESTE acto (9281): la suma de las 7 acreencias (113.553 + 35.808,33 + 267.457,59 + 3.734,90 + 8.249,36 + 533,89 + 10.709,36) da exactamente B 440.046,43, y la suma de las 7 amortizaciones mensuales da exactamente B 20.000 — el acto es internamente consistente pese a haber sido anulado por 'errores sustanciales' (el error debió estar en la composición de la lista de países/montos, no en la aritmética de esta tabla en sí). RECOMENDACIÓN PARA EL DATASET DE TARIFAS: si se decide incorporar cifras de Deuda Postal al libro, usar EXCLUSIVAMENTE las cifras del acto 9291 (14-dic, vigente), citando este acto 9281 solo como antecedente histórico anulado. NO promediar ni combinar ambas tablas.