Biblioteca Filatélica de Venezuela

Telégrafos y Telecomunicaciones — 1903 - Resolución de 23 de noviembre de 1903, que dispone la construcción de dos líneas cablegráficas, una entre los puertos de Altagracia y Bella Vista, y otra entre Soledad y Ciudad Bolívar

Autor: República de Venezuela | Fecha: 1903-11-23 | Tipo: Artículo

Etiquetas: 1903, Altagracia, Bella Vista, Cable submarino, Ciudad Bolívar, Dirección de Telégrafos Nacionales, Lago de Maracaibo, Ministerio de Fomento, Orinoco, R. Garbiras Guzmán, Soledad, Verbatim, W. R. Brixey

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Contenidos (2 artículos)

Resolución de 23 de noviembre de 1903, por la cual se dispone la construcción de dos líneas cablegráficas, una entre los puertos de Altagracia y Bella Vista, y otra entre Soledad y Ciudad Bolívar (verbatim, folio 253)

Autor: República de Venezuela

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Resolución de 23 de noviembre de 1903, por la cual se dispone la construcción de dos líneas cablegráficas, una entre los puertos de Altagracia y Bella Vista, y otra entre Soledad y Ciudad Bolívar.

Estados Unidos de Venezuela.—Ministerio de Fomento.—Dirección de Correos, Telégrafos, Estadística é Inmigración.—Caracas: 23 de noviembre de 1903.—93° y 45°

Resuelto:

Por cuanto uno de los objetivos del Gobierno Liberal Restaurador es el de hacer más fáciles y rápidas las comunicaciones políticas, comerciales y sociales entre las diversas regiones de la República: por cuanto la comunicación telegráfica es uno de los medios que, al estrechar aquellos vínculos, asegura la paz y contribuye eficazmente á la prosperidad nacional; y considerando que la prolongación de la línea telegráfica Noroeste hasta Maracaibo por un cable á través del Lago, y las de Oriente y Sureste por otro cable entre Soledad y Ciudad Bolívar, producirá grandes beneficios á la comunidad, el ciudadano Presidente de la República, en su afán patriótico de favorecer los intereses generales, ha tenido á bien disponer:

1° Que se proceda á tender un cable entre los Puertos de Altagracia y Bella Vista (Maracaibo) y otro entre Soledad y Ciudad Bolívar, los cuales enlazarán de ese modo las Estaciones de Maracaibo y Ciudad Bolívar, respectivamente, con la red telegráfica nacional.

2° Se autoriza á la Dirección General de Telégrafos Nacionales para que adquiera en la fábrica de W. R. Brixey, de New York, los dos cables á que se refiere el número anterior, de acuerdo con las muestras presentadas á este Despacho por el Director General de Telégrafos Nacionales.

3° Se destina la cantidad de veintiún mil trescientos setenta y dos bolívares y cincuenta céntimos (B 21.372 50) para la compra del cable del Lago, y la de tres mil quinientos sesenta y dos bolívares y diez centimos (B 3.562,10) para la del Orinoco.

4° Se autoriza igualmente al Director General de Telégrafos Nacionales para que contrate el Ingeniero que deba dirigir la colocación de los cables en la forma más conveniente. El Director mencionado avisará previamente á este Ministerio, para su debida aprobación, los gastos que de dicho contrato provengan.

5° La Dirección General de Telégrafos pasará oportunamente á este Despacho una relación de las demás erogaciones que hayan de hacerse por los gastos de flete, comisión, aseguro, carreteles, garitas, anclas, boyas, lineas aéreas para el empalme de los cables, etc., etc.

Comuníquese y publíquese.

Por el Ejecutivo Federal,

R. GARBIRAS GUZMÁN.

Nota del transcriptor

Autor: Biblioteca Filatélica de Venezuela

Es el tercer contrato de cable con la casa neoyorquina W. R. Brixey que documenta este barrido: la reposición del cable Altagracia-Punta de Capitán Chico en el mismo Lago de Maracaibo (1901, Lote 28, ya indexada) usó la misma fábrica. Más significativo es el cable Soledad-Ciudad Bolívar: es la misma ruta que en 1900 el contrato con Fernand Jallabert (Lote 27, ya indexado) obligaba a tender a la Compañía Francesa de Cables Telegráficos como cable sub-fluvial de propiedad nacional —aquí, tres años después, es la propia Dirección General de Telégrafos Nacionales la que encarga directamente un cable para la misma ruta, posiblemente en sustitución o refuerzo del tendido francés, cuya concesión terminaría rescindida por la Corte Federal en 1905 (idx572, ya indexado). El texto invoca expresamente al «Gobierno Liberal Restaurador» como marco político de la obra, confirmando que se trata de infraestructura impulsada directamente por Cipriano Castro.