Resolución de 17 de julio de 1902, por la cual se concede franquicia postal para la correspondencia que dirija el Colegio de Médicos
Autor: República de Venezuela
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Resolución de 17 de julio de 1902, por la cual se concede franquicia postal para la correspondencia que dirija el Colegio de Médicos.
Estados Unidos de Venezuela.—Ministerio de Fomento.—Dirección de Correos, Telégrafos, Estadística é Inmigración.—Caracas: 17 de julio de 1902.—92.° y 44.°
Resuelto:
Vista la comunicación del ciudadano Presidente del Colegio de Médicos de Venezuela, en la cual solicita franquicia postal para la correspondencia que dirija aquella Corporación al interior y al exterior de la República, se dispone acceder á dicha solicitud.
Comuníquese y publíquese.
Por el Ejecutivo Federal,
ARNALDO MORALES.
Nota del transcriptor: las franquicias postales a corporaciones gremiales y benéficas de comienzos del siglo XX
Autor: Biblioteca Filatélica de Venezuela
La franquicia otorgada al Colegio de Médicos de Venezuela se suma a la práctica, documentada repetidamente en este mismo Tomo XXV, de eximir de porte a la correspondencia de corporaciones gremiales, benéficas o científicas —como la Cruz Roja Venezolana o la Cámara de Comercio de Caracas—, a solicitud directa de sus directivos y por simple resolución ministerial, sin mediar ley expresa. A diferencia de otras franquicias limitadas a la correspondencia interior, esta resolución cubre expresamente tanto el interior como el exterior de la República, un alcance más amplio que refleja la proyección internacional que ya tenía el gremio médico venezolano para 1902.