Decreto Ejecutivo de 29 de noviembre de 1898, disponiendo que la Convención Postal sobre cédulas de identidad celebrada por el Congreso de la Unión Postal Universal en Washington, comience á regir desde el 1º de enero de 1899
Autor: República de Venezuela
IGNACIO ANDRADE, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA, Decreta: Artículo 1º La Convención Postal sobre cédulas de identidad celebrada por el Congreso de la Unión Postal Universal en Washington, el 15 de junio de 1897, aprobada por el Congreso Nacional el 17 de mayo último, y mandado á ejecutar por el Presidente de la República en 14 de junio del corriente año, comenzará á regir desde el 1º de enero de 1899. Artículo 2º Se designa al Director General y á los Administ...