Biblioteca Filatélica de Venezuela

Telégrafos y Telecomunicaciones — 1896 - Resolución de 9 de diciembre de 1896, que crea un Fiscal telegráfico y dos subalternos para la vigilancia de la construcción y reparación de líneas telegráficas

Autor: República de Venezuela | Fecha: 1896-12-09 | Tipo: Artículo

Etiquetas: 1896, A. Smith, Alberto Smith, Dirección de Correos y Telégrafos, Estampillas telegráficas, Fiscal telegráfico, Franquicia telegráfica, Ministerio de Fomento, Sueldos, Verbatim, Vigilancia de líneas telegráficas

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Contenidos (2 artículos)

Encabezamiento y cuerpo resolutivo completo (verbatim)

Autor: República de Venezuela

6.701

RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 1896, por la cual se crean dos empleos para la vigilancia de la construcción y reparación de las líneas telegráficas.

Ministerio de Fomento.—Dirección de Correos y Telégrafos.—Caracas: 9 de diciembre de 1896.—Año 86° de la Independencia y 38° de la Federación.

Resuelto:

Para hacer que se ejecute con la economía y esmero debido la construcción y reparación de las líneas telegráficas, ha dispuesto el Presidente de la República, en Consejo de Ministros, la creación de un Fiscal telegráfico y dos subalternos.

1° Estos empleados devengarán el sueldo mensual de B. 700 el primero y B. 400 los segundos, que se pagarán de la cantidad asignada por Resolución de esta misma fecha para la reparación de las líneas telegráficas.

2° Vigilarán la construcción y reparación de las líneas dando estricto cumplimiento á las bases y condiciones estipuladas en la Resolución de este Ministerio sobre el propio asunto.

3° Dependerán directamente de este Despacho al que darán aviso diario de las líneas que inspeccionen, especificando en él el estado de las líneas en reparación, los kilómetros que mide y el personal de empleados que la repara.

4° Visitarán las oficinas telegráficas de la República y darán aviso del estado de cada una de ellas, vigilando si se observa estrictamente lo estipulado en el Decreto Ejecutivo de 7 de mayo del corriente año que crea las estampillas telegráficas.

5° Harán cumplir estrictamente la Resolución de este Despacho, de esta misma fecha, sobre franquicia telegráfica y denunciarán cualquier otra irregularidad que noten en el servicio del ramo; y

6° Cualquiera de los Fiscales telegráficos que denuncie con justificativo la falta de cumplimiento de un telegrafista sobre el particular, será remunerado á juicio del Ministro de Fomento, quedando el empleado denunciado sometido á la pena que establece el parágrafo único del artículo 7° del Decreto mencionado.

Comuníquese y publíquese.

Por el Ejecutivo Nacional,

A. SMITH.

Nota del transcriptor

Autor: Biblioteca Filatélica de Venezuela

Este acto crea la primera plantilla de fiscalización dedicada exclusivamente a la construcción y reparación de líneas telegráficas: un Fiscal telegráfico (B. 700 mensuales) y dos subalternos (B. 400 cada uno), pagados con cargo a la misma partida de B. 14.000 mensuales de la Resolución 6.699. Su cuarta función —vigilar el cumplimiento del Decreto Ejecutivo de 7 de mayo de 1896 que crea las estampillas telegráficas— remite directamente a un acto ya indexado en la BFV (idx438, «Decreto Ejecutivo de 7 de mayo, que ordena la emisión de estampillas especiales con el distintivo 'Telégrafos de Venezuela' y fija la tarifa telegráfica», acto N.° 6.602), de modo que esta Resolución de vigilancia se encadena con una pieza puramente filatélica del propio corpus: el Fiscal telegráfico aquí creado tenía entre sus deberes verificar en cada oficina que se usaran correctamente esas estampillas. Las tres resoluciones del 9 de diciembre de 1896 (6.699, 6.700 y 6.701) forman así un solo paquete administrativo despachado el mismo día por la Dirección de Correos y Telégrafos, que reorganiza de una vez el presupuesto, la franquicia oficial y la vigilancia del ramo telegráfico nacional.