Biblioteca Filatélica de Venezuela

Telégrafos y Telecomunicaciones — 1895 - Resolución del Ministerio de Fomento, de 18 de junio de 1895, sobre tarifas de las Compañías telefónicas.

Autor: República de Venezuela | Fecha: 1895-06-18 | Tipo: Artículo

Etiquetas: 1895, American Electric & Manufacturing, Caracas Valencia & Interior Thelephone Co, Cuadro de tarifas verificado a 600dpi, Nota del transcriptor, Sin discrepancias, Tarifa, Teléfono, Telégrafo, Verbatim

Portada de Telégrafos y Telecomunicaciones — 1895 - Resolución del Ministerio de Fomento, de 18 de junio de 1895, sobre tarifas de las Compañías telefónicas.

📖 Abrir en la biblioteca interactiva


Contenidos (2 artículos)

Resolución de 18 de junio de 1895 (verbatim completo, con el cuadro de tarifas, a caballo entre las páginas 184 y 185)

Autor: República de Venezuela

Resolución del Ministerio de Fomento, de 18 de junio de 1895, sobre tarifas de las Compañías telefónicas.

Estados Unidos de Venezuela.—Ministerio de Fomento.—Dirección de Correos y Telégrafos.—Caracas: 18 de junio de 1895.—84° y 37°.—Resuelto:

Siendo deber del Gobierno velar por los intereses del público en general y habiendo llegado á conocimiento de este Despacho que algunas Compañías Telefónicas cobran más del valor estipulado por audición según contrato, se dispone: publicar en seguida de la presente Resolución, las tarifas correspondientes á cada contrato.

Comuníquese y publíquese.—Por el Ejecutivo Nacional.—Jacinto Lara.

Tarifas

La American Electric & Manufacturing Cª cobrará á los suscritores del Distrito Federal, La Guaira, Puerto Cabello y Valencia, 16 bolívares mensuales por alquiler de cada aparato telefónico; y 75 céntimos de bolívar por cada conversación ó conexión de 5 minutos ó fracción de cinco minutos, entre Caracas y La Guaira y entre Puerto Cabello y Valencia.

The Caracas, Valencia & Interior Thelephone Cº of Venezuela cobrará:

1º En la misma población mensualmente, B 16.

2º Entre una de las poblaciones y Caracas ó Valencia por comunicación de 10 minutos, B 0,75.

3º Entre una de las poblaciones y Caracas ó Valencia por mes, B 25; y

4º Entre los campos ó haciendas el precio será establecido según la distancia, por contrato especial.

El Director de Correos y Telégrafos, J. M. Baquero Hurtado.

Nota del transcriptor

Autor: República de Venezuela

Transcripción verbatim completa, verificada contra el facsímil (Tomo 18, p.184-185, acto 6307) por render 300dpi y zoom de verificación a 600dpi sobre el cuadro de tarifas de la p.185 (dígitos 16, 75 céntimos y 0,75 confirmados sin ambigüedad). El acto resolutivo (motivación + firma de Jacinto Lara) cierra en la p.184/185 y el cuadro 'Tarifas' con las dos compañías sigue inmediatamente después, firmado aparte por el Director de Correos y Telégrafos J. M. Baquero Hurtado; se transcribe todo como un solo acto porque el propio encabezamiento del acto ordena 'publicar en seguida de la presente Resolución, las tarifas correspondientes', es decir, el cuadro es parte constitutiva del mismo acto 6307, no un acto aparte. Inmediatamente después (ya fuera de este acto) sigue el acto 6308, de la misma fecha, que prohíbe a las compañías telefónicas trasmitir mensajes escritos — NO se transcribe aquí por no traer cifras ni ser parte de este acto.

Coincide exactamente con la descripción del triaje (fecha, tomo/página y trae_tarifa_o_cifras=true), sin discrepancias. Es el hallazgo más rico en cifras de todo el lote: dos tarifas telefónicas completas y comparables entre sí (misma cifra de alquiler mensual B16 en ambas compañías, pero estructura de cobro por llamada distinta: 75 cts/5 min vs. B0,75/10 min).