Encabezamiento y contrato completo (verbatim)
Autor: República de Venezuela
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Contrato de 12 de julio de 1893, del Ministro de Fomento, con el General Aquiles La Roche, para la construcción de líneas telegráficas.
Estados Unidos de Venezuela.—El Ministerio de Fomento de los Estados Unidos de Venezuela, suficientemente autorizado por el Jefe del Poder Ejecutivo Nacional y Aquiles La Roche, mayor de edad, y vecino de esta ciudad, han convenido en celebrar el siguiente contrato:
Art. 1° Aquiles La Roche se compromete a reconstruir y construir, según el caso la línea telegráfica de San Felipe á Mérida y que comprende las oficinas de Yaritagua, Barquisimeto, Quíbor, Tocuyo, Carache, Trujillo, Valera, Timotes y Mérida.
Art. 2° Las expresadas líneas serán reconstruidas y construidas con materiales de primera calidad, usando el alambre galvanizado número 8, y sustentado sobre postes de madera de corazón, siendo el aislamiento del sistema Brooks.
Art. 3° El contratista podrá tender los hilos conductores apoyándose en los edificios públicos y pudiendo comunicarse gratis por las líneas existentes, en todo lo que se relacione con la empresa.
Art. 4° El Gobierno Nacional concede al contratista permiso para introducir libres de derechos arancelarios los materiales, útiles y demás enseres que emplee en la reconstrucción y construcción de las obras, llenándose en todo caso las formalidades de ley.
Art. 5° El Gobierno Nacional se compromete á pagar á Aquiles La Roche la suma de ciento noventa y nueve bolívares por cada kilómetro de línea que reconstruya, y doscientos noventa y nueve bolívares por cada kilómetro de línea que construya.
Art. 6° El Gobierno pagará al contratista al precio estipulado cada lote de veinticinco kilómetros que en perfecto buen estado sea entregado al Inspector, ó á la persona que designe el Gobierno al efecto.
Art. 7° Las dudas y controversias que ocurran en el cumplimiento de este contrato serán resueltas por los Tribunales de la República.
Hechos dos de un tenor á un solo efecto, en Caracas, á 12 de julio de 1893.—A. Ramella.—A. La Roche.