Encabezamiento y contrato completo (verbatim)
Autor: República de Venezuela
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Contrato del Ministro de Fomento, con el ciudadano Benigno Tovar, de 8 de mayo de 1893, sobre construcción de una línea telegráfica de San Casimiro á Camatagua.
El Ministro de Fomento de los Estados Unidos de Venezuela, debidamente autorizado por el Jefe del Poder Ejecutivo, por una parte y por la otra Benigno Tovar, vecino de esta ciudad y mayor de edad, han celebrado el siguiente contrato:
Primero. Benigno Tovar se compromete á construir una línea telegráfica, de San Casimiro á Camatagua del Estado Miranda.
Segundo. Esta línea será construida con materiales de primera calidad, á saber: alambre galvanizado número 8, aisladores sistema Brooks y postes de madera de corazón, los que medirán 7 varas de largo y veinte pulgadas por lo menos de circunferencia.
Tercero: El contratista se obliga á empezar los trabajos de construcción, quince días después de firmado este contrato, y á entregar la línea terminada en dos meses ó antes si fuere posible.
Cuarto: El Gobierno pagará al contratista la suma de doscientos noventa y nueve bolívares por cada kilómetro de línea que construya á satisfacción de la persona que comisione para recibir dicha construcción.
Quinto. El Gobierno pagará al contratista Benigno Tovar al precio estipulado cada lote de (35) treinta y cinco kilómetros que construya y que en perfecto buen estado sea entregado al Inspector ó cualquier otro funcionario público que designe el ciudadano Ministro de Fomento para recibir, previo el aviso de la autoridad civil correspondiente.
Sexto: Los materiales y herramientas que necesite el contratista para esta obra, podrá introducirlos libres de derechos arancelarios.
Al cumplimiento de este contrato obliga el Ministro el buen nombre del Gobierno, y el contratista sus bienes habidos y por haber.
Hechos dos de un tenor en Caracas, á ocho de mayo de mil ochocientos noventa y tres. — J. S. La Roche. — B. Tovar.