Biblioteca Filatélica de Venezuela

Telégrafos y Telecomunicaciones — 1893 - Contrato del Ministro de Fomento, de 22 de abril de 1893, con Pedro Carlos Morales, sobre la reconstrucción de las líneas telegráficas Carúpano-Cumaná y Cumaná-Cumanacoa

Autor: República de Venezuela | Fecha: 1893-04-22 | Tipo: Artículo

Etiquetas: 1893, Carúpano, Contrato, Cumanacoa, Cumaná, Estado Bermúdez, J. S. La Roche, Ministerio de Fomento, Pedro Carlos Morales, Reconstrucción de líneas telegráficas, Telégrafo Nacional, Verbatim

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Contenidos (2 artículos)

Encabezamiento y contrato completo (verbatim)

Autor: República de Venezuela

5506

Contrato celebrado el 22 de abril de 1893, por el Ministro de Fomento y el ciudadano Pedro Carlos Morales, sobre reconstrucción de líneas telegráficas.

El Ministro de Fomento de los Estados Unidos de Venezuela, suficientemente autorizado por el Ejecutivo Nacional, por una parte, y por otra Pedro Carlos Morales, vecino de Caraico, Distrito Rivero del Estado Bermúdez, han celebrado el siguiente contrato:

Art. 1° Pedro Carlos Morales se compromete á reconstruir las líneas telegráficas comprendidas entre Carúpano y Cumaná y entre Cumaná y Cumanacoa, á razón de ciento noventa y nueve bolívares (B. 199) el kilómetro.

Art. 2° Pedro Carlos Morales se compromete á poner postes de madera de corazón de siete (7) varas de alto y veinte y dos (22) pulgadas de circunferencia; alambre galvanizado número ocho (8) y aisladores Brooks en toda la línea, y en los lugares salitrosos usará alambre de cobre de tres (3) milímetros de grueso y aisladores de porcelana, pudiendo el contratista servirse del alambre que se encuentre en buen estado en la línea, así como utilizar los árboles y maderas de los bosques nacionales y comunicarse gratis con las autoridades y sus agentes, en todo lo que tenga relación con esta empresa.

Art. 3° El Gobierno concede al señor Pedro Carlos Morales la exención de todo derecho para introducir por las aduanas de Carúpano y Cumaná, los elementos necesarios al cumplimiento de su contrato, como son, alambre galvanizado y de cobre, aisladores Brooks y de porcelana y los útiles necesarios para el trabajo.

Art. 4° El Gobierno abonará al contratista, señor Pedro Carlos Morales, el valor de cada veinte (20) kilómetros de línea telegráfica que fuere entregado al empleado respectivo, ó al empleado que el Gobierno comisionare al efecto.

Hechos dos de un tenor á un solo efecto, en Caracas, á veinte y dos de abril de mil ochocientos noventa y tres. — J. S. La Roche. — Pedro Carlos Morales.

Nota del transcriptor

Autor: Biblioteca Filatélica de Venezuela

El contrato reconstruye —no tiende de nuevo— dos tramos telegráficos del oriente del país: Carúpano-Cumaná y Cumaná-Cumanacoa, ambos en el entonces Estado Bermúdez. La tarifa pactada (199 B/km) es sensiblemente menor que la de los contratos de línea nueva del mismo lote (299 B/km en Gonzalo y en Tovar), coherente con que la reconstrucción reutiliza parte de la traza y del material existente. El domicilio del contratista, «Caraico, Distrito Rivero del Estado Bermúdez», se transcribe verbatim del facsímil tal como está impreso, aunque la cabecera histórica de ese distrito (hoy Municipio Ribero, Estado Sucre) es la población de Cariaco; no se corrige la grafía por regla de la casa (el facsímil manda).