Biblioteca Filatélica de Venezuela

Leyes y Decretos — 1892 - Resolución del Ministerio de Correos y Telégrafos, de 7 de diciembre de 1892, que amplía la disposición sobre quiénes pueden hacer uso oficial del telégrafo

Autor: República de Venezuela | Fecha: 1892-12-07 | Tipo: Artículo

Etiquetas: 1892, Arzobispo de Caracas, Dirección de Telégrafos, Director General de Correos, Director General de Salinas, Gobernador del Distrito Federal, Juan Pietri, Ministerio de Correos y Telégrafos, Obispos, Uso oficial del telégrafo, Verbatim

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Encabezamiento y cuerpo resolutivo completo (verbatim, reconstruido a través del salto de columna izquierda→derecha en la misma página)

Autor: República de Venezuela

5260

Resolución del Ministerio de Correos y Telégrafos, de 7 de diciembre de 1892, ampliando la disposición sobre quiénes puedan hacer oficialmente uso del telégrafo.

Estados Unidos de Venezuela.—Ministerio de Correos y Telégrafos.—Dirección de Telégrafos.—Caracas: 7 de diciembre de 1892.—29° y 34°—Resuelto:

Por disposición del Jefe del Poder Ejecutivo de la República, se hace extensiva la facultad de usar el Telégrafo, con carácter oficial, á los ciudadanos: Gobernador del Distrito Federal, Director General de Correos, Administradores principales y subalternos del mismo ramo, Arzobispo de Caracas, Obispos del resto de la República, Director General de Salinas y Agencias que existen en el territorio venezolano.

Comuníquese y publíquese.—Por el Ejecutivo Nacional, J. Pietri.

Nota del transcriptor

Autor: Biblioteca Filatélica de Venezuela

Esta resolución es la ampliación explícita de una disposición previa (del 1° de diciembre de 1892, página 209 del mismo tomo) que regulaba quiénes podían usar el telégrafo con carácter oficial y gratuito; una semana después se agregan a la lista autoridades eclesiásticas (Arzobispo de Caracas y Obispos del resto del país) y fiscales (Director General de Salinas y Agencias), lo que retrata al telégrafo de 1892 como una herramienta de comunicación de Estado repartida entre administración civil, rentas fiscales y jerarquía eclesiástica, más que como un servicio exclusivamente postal o comercial. La firma «Por el Ejecutivo Nacional, J. Pietri» corresponde a Juan Pietri, titular de Hacienda y Crédito Público, quien —según el Decreto Ejecutivo de fines de octubre de 1892 (acto 5220)— tenía encargado interinamente el despacho de Correos y Telégrafos en ausencia del Ministro titular Leopoldo Baptista; de allí que una resolución emanada de ese Ministerio la firme el Ministro de Hacienda. A diferencia del Decreto de 26 de julio de 1892 (idx117, mismo lote), este acto no lleva ninguna nota marginal de anulación: opera con normalidad bajo el gobierno de Joaquín Crespo, ya consolidado tras la Revolución Legalista.