Biblioteca Filatélica de Venezuela

Leyes y Decretos — 1890 - Decreto Ejecutivo de 3 de octubre de 1890, que establece el servicio de apartados en las Estafetas Nacionales

Autor: República de Venezuela | Fecha: 1890-10-03 | Tipo: Artículo

Etiquetas: 1890, Apartados de Correos, Correspondencia epistolar, Decreto Ejecutivo, Erario Nacional, Estafetas Nacionales, Francisco Batalla, Instrucción Primaria, Licitación, R. Andueza Palacio, Servicio de apartados, Verbatim

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Contenidos (2 artículos)

Encabezamiento y cuerpo resolutivo completo (verbatim)

Autor: República de Venezuela

4706 Decreto Ejecutivo de 3 de octubre de 1890, por el cual se establece el servicio de apartados en las Estafetas Nacionales que lo necesiten. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA, Con el voto del Consejo Federal, DECRETA: Art. 1° Para facilitar la distribución y entrega de la correspondencia epistolar, se establece el servicio de apartados en las Estafetas Nacionales que lo necesiten. Art. 2° Los gastos que se ocasionen en la construcción de las obras y adquisición de útiles...

Nota del transcriptor

Autor: Biblioteca Filatélica de Venezuela

Este Decreto es, hasta donde alcanza el corpus indexado de la BFV (675 documentos), el antecedente normativo más antiguo conocido del servicio de apartados de correos en Venezuela: precede en 25 años al primer acto sobre la materia que la BFV ya tenía publicado, el Título X ('Apartados de Correos', artículos 73 a 77) de la Ley de Correos de 1915. El parentesco textual entre ambos es directo: el artículo 73 de 1915 ('Se establece el servicio de Apartados de Correos en las oficinas postales de la ...