Encabezamiento y cuerpo resolutivo completo (verbatim)
Autor: República de Venezuela
3952
Resolución de 30 de agosto de 1887, disponiendo se pague á los dependientes de la Junta Administradora de Correos en Puerto Cabello y en Coro el sueldo mensual de B 40 á contar del día 1° de julio último.
Estados Unidos de Venezuela.—Ministerio de Fomento.—Dirección Postal.—Caracas: 30 de agosto de 1887.—24° y 29°
Resuelto:
Ha dispuesto el Presidente de la República, con el voto afirmativo del Consejo Federal, que se pague á los Dependientes de la Junta Administradora del servicio económico de Correos en Puerto Cabello y en Coro, creados por resolución de 22 de diciembre de 1881, el sueldo mensual de cuarenta bolívares [B 40] á cada uno, á contar del día 1°. de julio último, con cargo á la suma destinada para Rectificaciones del Presupuesto.
Comuníquese y publíquese.
Por el Ejecutivo Federal,
J. R. Pachano.