Encabezamiento y cuerpo resolutivo completo (verbatim)
Autor: República de Venezuela
3935
Resolución de 6 de agosto de 1887, variando la colocación de los postes que sostienen los alambres telefónicos de la capital.
Estados Unidos de Venezuela.—Gobierno del Distrito Federal.—Caracas: 6 de agosto de 1887.—24 y 29.
Resuelto:
Por disposición del Presidente de la República, las Compañías de teléfonos de esta ciudad, deberán colocar los postes que sustentan ó sostienen los hilos de comunicación, de manera que aquellos queden situados, de por mitad entre la acera y la calzada de la calle, debiéndose además dar á los referidos postes, la altura suficiente para que los alambres conductores pasen por sobre los techos de los edificios á la altura de un metro, por lo menos.
Comuníquese y publíquese.
Juan Quevedo.
El Secretario de Gobierno,
J. M. Baquero Hurtado.