Biblioteca Filatélica de Venezuela

Telégrafos y Telecomunicaciones — 1885 - Resolución de 11 de diciembre de 1885, que admite a examen en el arte de la Telegrafía al ciudadano Pablo Domínguez

Autor: República de Venezuela | Fecha: 1885-12-11 | Tipo: Artículo

Etiquetas: 1885, Dirección Postal, Discrepancia de fecha título/encabezamiento, Discrepancia tipográfica, Escuela de Telegrafía, Examen de telegrafía, Formación de personal telegráfico, Gerardo M. Borges, Hernán Mérida, Nota del transcriptor, Pablo Domínguez, RLDV Tomo 12, S. Pacheco Jurado, Telégrafo Nacional, Verbatim, Verificación de paginación

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Contenidos (2 artículos)

Encabezamiento y cuerpo resolutivo completo (verbatim)

Autor: República de Venezuela

3297

Resolución de 11 de octubre de 1885, admitiendo á exámen en el arte de telegrafía, al ciudadano Pablo Domínguez.

Estados Unidos de Venezuela.—Ministerio de Fomento.—Dirección Postal.—Caracas: 11 de diciembre de 1885.—22° y 27°

Resuelto:

Llenos como están los requisitos legales, de orden del Presidente de la República, se admite á examen en el arte de telegrafía al ciudadano Pablo Dominguez; y en conformidad con la ley de la materia, se nombran de examinadores á los ciudadanos Gerardo M. Borges y Hernán Mérida, en unión del Preceptor de la Escuela del ramo en esta ciudad.

Comuníquese y publíquese.

Por el Ejecutivo Federal,

S. PACHECO JURADO.

Nota del transcriptor

Autor: República de Venezuela

Localización: RLDV Tomo 12 (período 1884-1890), acto Nº 3297, columna izquierda de la página impresa 452 (folio «— 452 —» visible en el propio facsímil; offset confirmado en 0 para este tomo). Le precede en la misma columna el acto Nº 3296 (Resolución de 10 de diciembre de 1885, aprobando el nombramiento del Agrimensor Octavio Noguez para una mensura de terrenos, sin relación postal) y le sigue, ya en la columna derecha, el acto Nº 3298 (Resolución de 14 de diciembre de 1885, mandando expedir a H. L. Boulton y Cía. un certificado sobre una marca de fábrica de jabón, sin relación postal).

Discrepancia de fecha propia del original, transcrita verbatim sin corregir: el título en cursiva antepuesto al acto dice «Resolución de 11 de octubre de 1885», mientras que el encabezamiento formal del propio acto fecha la resolución en «Caracas: 11 de diciembre de 1885». Se optó por fechar este documento el 11 de diciembre de 1885 (la fecha del encabezamiento formal, no la del título-resumen) porque: (a) el acto está intercalado, en estricto orden cronológico ascendente de número y fecha, entre el acto Nº 3296 (10 de diciembre de 1885) y el Nº 3298 (14 de diciembre de 1885); y (b) esta misma discrepancia título/encabezamiento —el título dice un mes distinto al del encabezamiento formal, coincidiendo ambos solo en el día— se repite en al menos otros dos actos cercanos de este tramo del tomo: el Nº 3294 (página impresa 451; título «5 de octubre de 1885», encabezamiento «Caracas: 5 de diciembre de 1885») y el Nº 3300 (página impresa 453; título «17 de diciembre de 1885», encabezamiento «Caracas: 17 de noviembre de 1885»). El patrón sugiere un problema sistemático de composición tipográfica en esta sección del tomo (posible confusión reiterada del cajista entre las abreviaturas o los nombres de los meses al fijar el título), no un error aislado de este acto en particular.

Discrepancia adicional propia del original, también conservada verbatim: el título llama al examinado «Domínguez» (con tilde) y «exámen» (con tilde en la a), mientras que el cuerpo resolutivo lo escribe «Dominguez» (sin tilde) y «examen» (sin tilde) — verificado con recorte a 900dpi sobre ambas palabras en ambos bloques, sin ser artefacto de escaneo.

No fue posible identificar más datos biográficos de Pablo Domínguez, ni de los examinadores Gerardo M. Borges y Hernán Mérida, a partir de este acto ni de otros actos ya revisados de este tomo.

Legibilidad: texto íntegro nítido a 300dpi; se reencuadraron a 700-900dpi el bloque de título/fecha, el cuerpo resolutivo completo y las palabras «Domínguez/Dominguez» y «exámen/examen» en ambos bloques, sin hallar pasajes ilegibles.