Decreto de 18 de mayo de 1867 (verbatim completo)
Autor: República de Venezuela
1580
DECRETO de 18 de mayo de 1867 aprobando el contrato de 16 de febrero de 1866 sobre el establecimiento y continuación de la línea telegráfica entre Victoria y Puerto Cabello.
El Congreso de los Estados Unidos de Venezuela, visto el contrato celebrado entre el Ministro de Fomento, General Jacinto Regino Pachano y el señor M. Pardo Junior, representado Isaac J. Pardo, para el establecimiento de una línea telegráfica, y considerando: Que él está arreglado á la Constitución y leyes de la Nación: que el establecimiento de líneas telegráficas es uno de los medios que más favorecen el progreso de los pueblos, decreta:
Art. único. Se aprueba el contrato celebrado en diez de febrero de 1866 entre el Ministro de Fomento, General Jacinto Regino Pachano é Isaac J. Pardo como representante de M. Pardo Junior, sobre el establecimiento ó continuación de la línea telegráfica entre La Victoria y Valencia y de allí á Puerto Cabello.
Dado en el salón de las sesiones del Congreso en Caracas á diez y siete de mayo de 1867.—Año 4° de la Ley y 9° de la Federación.—El Presidente de la Cámara del Senado, A. M. de Guruceaga.—El Presidente de la Cámara de Diputados, J. M. Aristeguieta.—El Secretario de la Cámara del Senado, Braulio Barrios.—El Secretario de la Cámara de Diputados, I. Riera Aguinagalde.
Caracas, mayo 18 de 1867.—4° y 9°—Ejecútese.—J. C. Falcon.—Por el Gran Ciudadano Mariscal Presidente.—El Ministro de Fomento, R. Arvelo.