Decreto de 30 de octubre de 1861 sobre sueldos de los empleados de correos — texto íntegro
Autor: República de Venezuela
1288 DECRETO de 30 de octubre de 1861 derogando la ley de 1856, N° 1.009 que señala los sueldos á los empleados de correos. [Derogado por el N° 1780] JOSÉ ANTONIO PÁEZ, Jefe supremo de la República, decreto: Art. 1° Los empleados en las oficinas de correos gozarán anualmente los sueldos que siguen: Dirección El Director. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 2.400 Oficial mayor. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.200 Oficial primero. . . . . . . . . ....