Ley de 31 de Marzo de 1841. Sueldos de los empleados en las oficinas de correos
Autor: República de Venezuela
429. Ley de 31 de Marzo de 1841. Sueldos de los empleados en las oficinas de correos. (Derogada por el N° 1003.) El Senado y Cámara de Representantes de la República de Venezuela reunidos en Congreso, decretan. Art. 1° Desde 1° de Julio del presente año los empleados en las oficinas de correos gozarán anualmente de los sueldos siguientes: Pesos. El administrador general..................... [ilegible] El interventor................................ 1200 Para el pago de dependientes, gastos de...